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Curso práctico de urbanismo en Marbella

Cómo hacer un PGOU para la familia y los amigos sea como sea

Curso práctico de urbanismo en Marbella

Revista El Observador

Hace bien poco se cumplían dos años desde que la Junta de Andalucía, en una Orden de 7 de septiembre de 2015, decidía no continuar con el procedimiento de alteración de los términos municipales de Marbella y Benahavís, en las zonas conocidas como “Horno de la Miera”, Urbanización La Quinta, Urbanización Los Naranjos y Vega el Colorao, con el consiguiente archivo del expediente (AQUÍ). De forma irregular, la dirección de Urbanismo de la Junta de Andalucía, en vez de anular o subsanar el, llamémosle inocente error cometido en la elaboración del PGOU de Benahavís, instando al consistorio de dicha localidad a la rectificación oportuna, no tuvo otra ocurrencia que iniciar el citado expediente de alteración de términos municipales. Toda una aberración jurídica, si tenemos en cuenta la legislación nacional y autonómica aplicable. No se sabe cómo ni por qué, la administración autonómica hace una interpretación completamente errónea del Artículo 12 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, que regula la demarcación municipal, en vez de dirigirse exclusivamente a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Nadie desde 1991, había solicitado iniciar un expediente de segregación o independencia municipal, como sí hicieran por otros motivos mucho menos interesados, los integrantes de la Comisión Promotora de la Segregación y Creación del Municipio de San Pedro Alcántara. Expediente que, por cierto, actualmente se encuentra pendiente del Fallo del Tribunal Supremo.

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